Por medio del presente Decreto, se regula el funcionamiento, la integración, las facultades y las funciones del Comité Nacional de Acreditación, siendo la principal de éstas, la de reconocer la competencia técnica y la idoneidad de los organismos de certificación e inspección, así como la de los laboratorios de calibración y ensayos, y supervisar el cumplimiento de las disposiciones relativas a la acreditación. TEMAS RELACIONADOS: ORGANISMOS, MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS, ACREDITACION, CERTIFICACION, DECRETO EJECUTIVO, LABORATORIOS, CONSEJO NACIONAL DE ACREDITACION.
Fecha de norma: 15/07/1997
Gaceta: 23340 (26/07/1997)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
El comentado Decreto Ejecutivo reglamentó el Capítulo IV del Título II de la Ley número 23 de 15 de julio de 1997.