Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 34
Fecha de la norma: 03/12/1906
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: DESDE SU SANCION
Gacetas: 383 (04/12/1906)
Título: POR LA CUAL SE DEROGA EL PARAGRAFO UNICO DEL ARTICULO 73 DE LA LEY 95 DE 1904.
Comentario:

Mediante la Ley en mención, se derogó el Parágrafo Único del Artículo 73 de la Ley número 95 de 16 de julio de 1904, sobre sueldos y asignaciones que devengarán todos los servidores públicos de la Nación Panameña. TEMAS RELACIONADOS: EMPLEADOS PUBLICOS, SUELDOS, LEY, SERVIDORES PUBLICOS.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
No hay archivos registrados para esta norma.

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
383 04/12/1906 Ver
Temas en la norma
Materia
EMPLEADOS PUBLICOS
LEY
SERVIDORES PUBLICOS
SUELDOS
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
LEY 34
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
95 16/07/1904 45 17/07/1904 DEROGA PARCIALMENTE Esta Ley derogó el Parágrafo Único del Artículo 73 de la Ley número 95 de 16 de julio de 1904.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 16/07/1904

Gaceta: 45 (17/07/1904)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

Esta Ley derogó el Parágrafo Único del Artículo 73 de la Ley número 95 de 16 de julio de 1904.

Textos únicos
No hay textos únicos relacionados para esta norma.