A través de la comentada Ley, se le asigna al Cuerpo de Bomberos de Panamá una suma mensual de dinero para pagar el servicio de las Guardias Permanentes de dicho Cuerpo en la Ciudad de Panamá. TEMAS RELACIONADOS: BOMBEROS, SUELDOS, LEY, CUERPO DE BOMBEROS, CONTRIBUCION, GUARDIA PERMANENTE.
Fecha de norma: 29/12/1924
Gaceta: 4552 (09/01/1925)
Afectación: REFORMA PARCIALMENTE
Esta Ley reformó el Artículo 1 de la Ley número 70 de 29 de diciembre de 1924, por la cual se auxilió a los Cuerpos de Bomberos de Panamá, Colón y Bocas del Toro.