Por medio de la excerpta legal en cuestión, se elevó el impuesto de introducción por cada cien kilogramos de sal que se importara al país; se facultó al Banco Nacional para que hiciera préstamos a los productores de sal de la República; y se autorizó al Poder Ejecutivo para que concediera toda clase de excepciones a los empresarios que se dedicaran a la elaboración de la sal. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, LEY, PRESTAMO, PRODUCTOR, INDUSTRIA, BANCO NACIONAL DE PANAMA, SAL.
Fecha de norma: 11/02/1925
Gaceta: 4580 (25/02/1925)
Afectación: ADICIONA Y REFORMA PARCIALMENTE
Esta Ley adicionó la Ley número 29 de 11 de febrero de 1925 y reformó el Artículo 4 de la misma Ley.