A través de este Acuerdo, se suspendió temporalmente la aplicación del párrafo cuarto del Artículo 35 del Acuerdo número 2-2004 de 30 de abril de 2004, y se amplió a seis meses el plazo indicado en dicho artículo a fin de no afectar el correcto funcionamiento de los agentes del mercado que pudieran verse afectados con la medida de suspensión de las sesiones de exámenes de conocimiento. TEMAS RELACIONADOS: COMISION NACIONAL DE VALORES, ACUERDO, EXAMENES, ASESOR DE INVERSION, CASAS DE VALORES, CORREDORES DE VALORES.
Fecha de norma: 30/04/2004
Gaceta: 25051 (17/05/2004)
Afectación: SUSPENDE PARCIAL Y TEMPORALMENTE
Este Acuerdo suspendió temporalmente la aplicación del párrafo cuarto del Artículo 35 del Acuerdo número 2-2004 de 30 de abril de 2004.