Por medio de este Decreto Ejecutivo, se reglamentó la Ley número 13 de 2008 en el sentido de adoptar medidas para el control y vigilancia del consumo del tabaco en aspectos tales como: elaboración de planes quinquenales de información y educación, restricciones en cuanto al consumo de tabaco en los espacios interiores de oficinas públicas, establecimientos considerados como lugares cerrados de acceso público, los lugares considerados como espacios de circulación de personas residentes o visitantes, los letreros que deben ser colocados en sitios públicos con el mensaje "PROHIBIDO FUMAR", y las especificaciones de los empaques de productos de tabaco. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE SALUD, TABACO, CIGARRILLOS, DECRETO EJECUTIVO, SALUBRIDAD PUBLICA, SALUD PUBLICA.
Fecha de norma: 03/06/2010
Gaceta: 26550 (08/06/2010)
Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR
El artículo 18 de este decreto ejecutivo fue modificado por el decreto ejecutivo 611 de 3 de junio de 2010.
Fecha de norma: 24/01/2008
Gaceta: 25966 (25/01/2008)
Afectación: REGLAMENTA
Este Decreto Ejecutivo reglamentó la Ley número 13 de 24 de enero de 2008.