Por medio de esta Ley, se creó la Secretaría Nacional de Energía con el propósito de formular, planificar estratégicamente y establecer las políticas del sector energía e hidrocarburos; velar por el cumplimiento de las políticas energéticas que se establezcan en el sector energía; y asesorar al Órgano Ejecutivo en las materias de su competencia. TEMAS RELACIONADOS: PETROLEO, LEY, ELECTRICIDAD, ASAMBLEA NACIONAL, COMBUSTIBLE, ENERGIA, GAS NATURAL, HIDROCARBUROS, POLITICA ENERGETICA, SECRETARIA NACIONAL DE ENERGIA.
Fecha de norma: 25/04/2011
Gaceta: 26771 (25/04/2011)
Afectación: DEROGADO POR
Esta ley fue derogada por la ley 43 de 25 de abril de 2011.
Fecha de norma: 17/09/2007
Gaceta: 25879 (18/09/2007)
Afectación: DEROGA
Esta Ley derogó el Decreto Ejecutivo número 176 de 17 de septiembre de 2007.
Fecha de norma: 11/01/2007
Gaceta: 25711 (16/01/2007)
Afectación: SUBROGA PARCIALMENTE
La presente Ley subrogó las disposiciones pertinentes de la Ley número 6 de 11 de enero de 2007, que asignan funciones y atribuciones específicas en materia de hidrocarburos al Ministerio de Comercio e Industrias, a través de la Dirección General de Hidrocarburos y Energías Alternativas.
Afectación: SUSTITUYE PARCIALMENTE
Esta Ley sustituyó la denominación de Dirección General de Hidrocarburos y Energías Alternativas, que aparece en las disposiciones de la Ley número 6 de 11 de enero de 2007, por la de la Secretaría.
Fecha de norma: 15/02/2006
Gaceta: 25491 (22/02/2006)
La presente Ley subrogó las disposiciones pertinentes del Decreto Ley número 6 de 15 de febrero de 2006, que asignan funciones y atribuciones específicas en materia de hidrocarburos al Ministerio de Comercio e Industrias, a través de la Dirección General de Hidrocarburos y Energías Alternativas.
Fecha de norma: 17/09/2003
Gaceta: 24892 (22/09/2003)
La presente Ley subrogó las disposiciones pertinentes del Decreto de Gabinete número 36 de 17 de septiembre de 2003, que asignan funciones y atribuciones específicas en materia de hidrocarburos al Ministerio de Comercio e Industrias, a través de la Dirección General de Hidrocarburos y Energías Alternativas.
Esta Ley sustituyó la denominación de Dirección General de Hidrocarburos y Energías Alternativas, que aparece en las disposiciones del Decreto de Gabinete número 36 de 17 de septiembre de 2003, por la de la Secretaría.
Fecha de norma: 03/02/1997
Gaceta: 23220 (05/02/1997)
Esta Ley subrogó los Artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la Ley número 6 de 3 de febrero de 1997.