Por medio de la presente norma, se prohíbe terminantemente, utilizar cualquier sector de las calles del Distrito de Panamá, como lugar de estacionamiento exclusivo sin el permiso correspondiente, expedido por el Alcalde, y en consecuencia pintar rayas amarillas, colocar letreros o impedir de alguna forma, el estacionamiento en las mismas. Los Acuerdos No. 5 de 21 de febrero de 1983 y 21 de 4 de diciembre de 1981, no pudieron ser ubicados para su respectiva afectación. Esta norma no fue publicada en Gaceta Oficial. TEMAS RELACIONADOS: DECRETO, DISTRITO DE PANAMA, ALCALDIA MUNICIPAL DE PANAMA, ESTACIONAMIENTOS.
Fecha de norma: 16/08/1995
Gaceta: 22863 (06/09/1995)
Afectación: REFORMADO PARCIALMENTE POR
El Decreto No. 1628 de 16 de agosto de 1995, reforma el Decreto No. 12 de 6 de junio de 1983.