La presente norma establece disposiciones relativas a la reglamentación del ambiente escolar, y señala que no se podrá abrir una cantina a menos de 100 metros de una escuela y se establecerá vigilancia policiaca a las cercanías de la escuelas primarias. TEMAS RELACIONADOS: VIGILANCIA, ESCUELAS, EDUCACION, SECRETARIA DE INSTRUCCION PUBLICA, INSTRUCCION PUBLICA, DECRETO.
Fecha de norma: 28/12/1910
Gaceta: 1326 (16/01/1911)
Afectación: REGLAMENTA
La presente Norma reglamenta la Ley 45 de 1910.