Fecha de norma: 11/10/1972
Gaceta: 17210 (24/10/1972)
Afectación: SUBROGA, ADICIONA Y REFORMA PARCIALMENTE
La Constitución Política fue reformada por el Acto Constitucional de 24 de abril de 1983, en la forma como se detalla a continuación: 1) En el Título I fueron modificados los Artículos 2, 4 y 5; 2) En el Título III se agregó un artículo nuevo al Capítulo 1°, un artículo nuevo al Capítulo 5°, dos artículos nuevos al Capítulo 6°, y un capítulo nuevo con el subtítulo régimen Ecológico (con el artículo 110 reformado y tres nuevos artículos), y se modificaron los artículos 22, 38, 50, 51, 58, 86, 87, 88, 90, 95, 104, 110 y 111 ; 3) En el título IV se agregaron tres artículos nuevos al Capítulo 2°, y un artículo nuevo al Capítulo 3°, y se modificaron los artículos 122, 123, 124, 126, 127 y 128; 4) Se sustituyó íntegramente el Título V (con dieciocho nuevos artículos en el Capítulo 1° y doce nuevos artículos en el Capítulo 2°); 5) Se sustituyó íntegramente el Título VI (con dieciocho nuevos artículos en el Capítulo 1°, cinco nuevos artículos en el Capítulo 2°, dos nuevos artículos en el Capítulo 3°, y dos nuevos artículos en el Capítulo 4°); 6) Se sustituyó íntegramente el Título VII (con diecisiete nuevos artículos y el artículo 197, sin modificación, en el Capítulo 1°, y seis nuevos artículos en el Capítulo 2°); 7) Se incorporó un nuevo título denominado «Regímenes Municipal y Provincial», que será el VIII (con siete nuevos artículos en el Capítulo 1°, un nuevo artículo y los artículos 212, 216, 217 y 225, sin modificación, en el Capítulo 2°, y dos nuevos artículos y los artículos 204, 205 y 206, sin modificación, en el Capítulo 3°); 8) En el Título X se incorporó un nuevo Capítulo 2°, con nueve nuevos artículos, agregándoseles, sin reforma, los artículos 235 y 236, eliminando el artículo 237, y los artículos 239 y 240, que formarán el Capítulo 3°; 9) En el Título XII, se modificó el artículo 263; 10) En el Título XIII, se modificó el artículo 269; 11) Se agregó un nuevo título, que será el XIV, con la denominación «Reforma de la Constitución» y un nuevo artículo; 12) Se estructuró un nuevo título, que será el XV, con la denominación «Disposiciones Finales», al cual quedaron incorporados los artículos 272 y 273, sin modificación, precedidos por un nuevo artículo; y, 13) Se adoptaron varias disposiciones transitorias.