El Nivel Político-Directivo del Ministerio de Gobierno lo integran el Ministro de gobierno, el viceministro de gobierno y el viceministro de Asuntos Indígenas, Los viceministros colaborarán directamente con el ministro en el desempeño de sus funciones y lo remplazarán en sus faltas temporales, cuando así lo disponga el presidente de la República. . TEMAS RELACIONADOS: PLANIFICACION, REGLAMENTO, MINISTERIO DE GOBIERNO , FALTAS TEMPORALES
Fecha de norma: 03/05/2010
Gaceta: 26524-A (03/05/2010)
Afectación: ADICIONA Y MODIFICA PARCIALMENTE
Se modifican los artículos 5,6,12 y 13 y se adicionan los artículos 13-A y 13-B a la Ley 19 de 3 de mayo de 2010.