Se adiciona el numeral 16 al artículo 214 del Código Penal que establece que la sanción se aumentará de cinco a diez años de prisión cuando se trate del hurto de bienes o cosas destinadas a la prestación de un servicio público.. TEMAS RELACIONADOS: PROPIEDAD , HURTO, CODIGO PENAL, SERVICIOS PUBLICOS, BIENES, SANCION
Fecha de norma: 18/05/2007
Gaceta: 25796 (22/05/2007)
Afectación: ADICIONA Y MODIFICA PARCIALMENTE
Se adiciona el numeral 16 al artículo 214 del Código Penal y se modifica el penúltimo parráfo del artículo 214 y se modifica el artículo 392.