Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 91
Fecha de la norma: 07/11/2013
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 27410 (07/10/2013)
Título: QUE MODIFICA DISPOSICIONES DEL DECRETO LEY 7 DE 10 DE FEBRERO DE 1998, QUE CREA LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ.
Comentario:

Fungirá como secretario de la Junta Directiva el administrador de la Autoridad Marítima de Panamá, quien tendrá derecho a voz. Cuando el administrador de la Autoridad Marítima de Panamá presida la Junta Directiva, actuará como secretario el subadministrador. Los miembros de la Junta Directiva y sus suplentes permanecerán en sus cargos por un periodo de siete años, contado a partir de su nombramiento, exceptuando a los ministros de Estado y sus suplentes, cuyo periodo será de cinco años concurrente con el periodo presidencial. Los miembros de la Junta Directiva solo podrán ser removidos de sus cargos por disposición del Órgano Ejecutivo por 1m: causas establecidas en el artículo 19 del Decreto ley que regula la materia. . TEMAS RELACIONADOS: JUNTA DIRECTIVA, AUSENCIA, AUTORIDAD MARITIMA DE PANAMA, NOMBRAMIENTOS, MIEMBROS, CARGOS, PERIODO

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Archivos Fuentes
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Nombre de archivo Archivo
27410_47501.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
27410 07/10/2013 Ver
Temas en la norma
Materia
AUSENCIA
AUTORIDAD MARITIMA DE PANAMA
CARGOS
JUNTA DIRECTIVA
MIEMBROS
NOMBRAMIENTOS
PERIODO
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
LEY 91
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
7 10/02/1998 23484 17/02/1998 MODIFICA PARCIALMENTE Se modifican los artículos 14, 15 y 26 del Decreto Ley 7 de 10 de febrero de 1998.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 10/02/1998

Gaceta: 23484 (17/02/1998)

Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE

Se modifican los artículos 14, 15 y 26 del Decreto Ley 7 de 10 de febrero de 1998.

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