Datos generales
Norma: DECRETO EJECUTIVO
Número de norma: 96
Fecha de la norma: 26/02/2014
Autoridad: MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 27494-A (14/03/2014)
Título: POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 2-B DE LA LEY 5 DE 1988.
Comentario:

El Artículo 2-B de la Ley 5 de 15 de abril de 1988, establece que le corresponderá a la Dirección General de Bienes Patrimoniales del Estado del Ministerio de Economía y Finanzas (en lo sucesivo “Bienes Patrimoniales”) y a la Contraloría General de la República (en lo sucesivo “Contraloría”) determinar, mediante avalúo, el valor por el cual todo o parte de las áreas de terreno que resultarán del relleno de lecho marino serán traspasadas directamente a favor de un contratista o de un tercero, como medio de pago por la ejecución de la construcción, expansión o mejoramiento de las obras públicas objeto de la concesión. . TEMAS RELACIONADOS:

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Nombre de archivo Archivo
27494-A_47845.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
27494-A 14/03/2014 Ver
Temas en la norma
Materia
AVALUO
BIENES PATRIMONIALES
CONCESIONARIOS
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
CONTRATISTAS
OBRAS PUBLICAS
TERRENOS
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO EJECUTIVO 96
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
5 15/04/1988 21030 18/04/1988 REGLAMENTA El presente Decreto Ejecutivo reglamenta el artículo 2-B de la Ley 5 de 1988.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 15/04/1988

Gaceta: 21030 (18/04/1988)

Afectación: REGLAMENTA

El presente Decreto Ejecutivo reglamenta el artículo 2-B de la Ley 5 de 1988.

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