Datos generales
Norma: DECRETO EJECUTIVO
Número de norma: 601
Fecha de la norma: 09/07/2015
Autoridad: MINISTERIO DE EDUCACION
Vigencia: AL DIA SIGUIENTE A SU PROMULGACION
Gacetas: 27822 (13/06/2015)
Título: QUE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 130 DEL TEXTO ÚNICO DE LA LEY 47 DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 1946,ORGÁNICA DE EDUCACIÓN.
Comentario:

El artículo 130 de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, dispone que las instituciones de educación particular y sus respectivas asociaciones de padres de familia, conjuntamente con el Ministerio de Educación, coordinarán cambios en los costos de la matrícula, así como todo lo referente a costos y obtención de uniformes y útiles escolares, lo cual no ha sido desarrollado, por lo que se hace necesario reglamentar dicho procedimiento, a fin que los centros educación particular cumplan con los parámetros establecidos.. TEMAS RELACIONADOS: EDUCACION, REGLAMENTA, ORGANICA DE EDUCACION, EDUCACION PARTICULAR, ACUDIENTE

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Archivos Fuentes
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Nombre de archivo Archivo
27822_48937.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
27822 13/06/2015 Ver
Temas en la norma
Materia
ACUDIENTE
EDUCACION
EDUCACION PARTICULAR
ORGANICA DE EDUCACION
REGLAMENTA
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
DECRETO EJECUTIVO 601
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
47 24/09/1946 10113 02/10/1946 REGLAMENTA La presente norma reglamenta el artículo 130 del Texto Único de la Ley 47 de 24 de septiembre de 1946.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 24/09/1946

Gaceta: 10113 (02/10/1946)

Afectación: REGLAMENTA

La presente norma reglamenta el artículo 130 del Texto Único de la Ley 47 de 24 de septiembre de 1946.

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