Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 61
Fecha de la norma: 07/10/2015
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: AL DIA SIGUIENTE AL DE SU PROMULGACION
Gacetas: 27885-A (08/10/2015)
Título: QUE SUBROGA LA LEY 7 DE 2014, QUE ADOPTA EL CÓDIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ.
Comentario:

La ley 61 del 7 de octubre 2015 subroga la Ley 7 de 2014, que adopta el Código de Derecho Internacional Privado. Y deroga la Ley 26 del 28 de octubre de 2014.. TEMAS RELACIONADOS:

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Nombre de archivo Archivo
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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
27885-A 08/10/2015 Ver
Temas en la norma
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Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
16/02/2023 Bajo el conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, se encuentran las Advertencias de Inconstitucionalidad, acumuladas, impulsadas por la firma forense MORGAN & MORGAN, en nombre y representación de ENRIQUE RAÚL JELENSKY CARVAJAL y ÁLVARO JOSE LOPEZ LEVY, para que, luego del escrutinio y control correspondiente, SE DECLARE LA INCONSTITUCIONALIDAD de: > La frase <<entre un hombre y una mujer», contenida en el artículo 26 del Código de la Familia dela República de Panamá. > La expresión <<las personas del mismo sexo», incluida en el precepto 34, numeral 1, también del Código de la Familia de la República de Panamá. > La disposición 35 de la Ley Nº61 de 7 de octubre de 2015, que subroga la Ley Nº7 de 8 de mayo de 2014, que adopta el Código de Derecho Internacional Privado de la República de Panamá, cuyo texto es el que sigue: <<Se prohíbe el matrimonio entre individuos del mismo sexo». DECLARA QUE NO SON INCONSTITUCIONALES: a) La frase «entre un hombre y una mujer», contenida en el artículo 26 del Código de la Familia de la República de Panamá. b) La expresión «las personas del mismo sexo», incluida en el artículo 34, numeral 1, también del Código de la Familia de la República de Panamá. c) El artículo 35 de la Ley 61 de 7 de octubre de 2015, que subroga la Ley 7 de 8 de mayo de 2014, que adopta el Código de Derecho Internacional Privado de la República de Panamá, cuyo texto es el que sigue: «Se prohíbe el matrimonio entre individuos del mismo sexo». Ver
16/02/2023

DECLARA QUE NO SON INCONSTITUCIONALES: a) La frase «entre un hombre y una mujer», contenida en el artículo 26 del Código de la Familia de la República de Panamá. b) La expresión «las personas del mismo sexo», incluida en el artículo 34, numeral 1, también del Código de la Familia de la República de Panamá. c) El artículo 35 de la Ley 61 de 7 de octubre de 2015, que subroga la Ley 7 de 8 de mayo de 2014, que adopta el Código de Derecho Internacional Privado de la República de Panamá, cuyo texto es el que sigue: «Se prohíbe el matrimonio entre individuos del mismo sexo».

Referencias
LEY 61
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
12 19/05/2016 28036-B 23/05/2016 DEROGADO PARCIALMENTE POR Se DEROGA el artículo 136 de la presente Ley por medio de la Ley 12 de 19 de mayo de 2016.
LEY 61
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
26 28/10/2014 27653-C 29/10/2014 DEROGA Deroga la Ley 26 del 28 de octubre de 2014.
7 08/05/2014 27530 08/05/2014 SUBROGA Subroga la Ley 7 del 8 de mayo de 2014 a través de la Ley 61 del 7 de octubre de 2015.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 19/05/2016

Gaceta: 28036-B (23/05/2016)

Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR

Se DEROGA el artículo 136 de la presente Ley por medio de la Ley 12 de 19 de mayo de 2016.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 28/10/2014

Gaceta: 27653-C (29/10/2014)

Afectación: DEROGA

Deroga la Ley 26 del 28 de octubre de 2014.

Fecha de norma: 08/05/2014

Gaceta: 27530 (08/05/2014)

Afectación: SUBROGA

Subroga la Ley 7 del 8 de mayo de 2014 a través de la Ley 61 del 7 de octubre de 2015.

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