La presente Ley modifica y adiciona disposiciones a la Ley 45 de 2007 y establece dentro de las obligaciones del proveedor frente al consumidor recibir billetes o monedas de cualquier denominación, siempre que sea de curso legal en la República de Panamá.. TEMAS RELACIONADOS: MONEDAS, CONSUMIDOR, ASAMBLEA NACIONAL, PROTECCION AL CONSUMIDOR
Fecha de norma: 31/10/2007
Gaceta: 25914 (07/11/2007)
Afectación: ADICIONA Y MODIFICA PARCIALMENTE
La presente Ley adiciona un numeral al artículo 36, y se corre la numeración y modifica el artículo 56 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007.