El presente Decreto busca evitar que la administración pública se detenga en perjuicio de peticionarios que hayan cumplido con las disposiciones procedimentales y sustantivas, adquiriendo un derecho subjetivo con relación a la tierra. Por lo cual es menester dar inicio al procedimiento establecido ene l artículo 90 de la Ley 59 de 2010, con el objeto de lograr una propuesta técnica catastral y someterla a la participación ciudadana, dando así con una tabla de valores acordes con la realidad social y económica actual. Este artículo tendrá una duración máxima de 3 años.. TEMAS RELACIONADOS: ADJUDICACION, PARTICIPACION CIUDADANA, MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Fecha de norma: 31/12/2009
Gaceta: 26438-B (31/12/2009)
Afectación: REGLAMENTA
El presente Decreto reglamenta el artículo 7 de la Ley 80 de 2009.