El presente Decreto Ejecutivo establece que los tramites referentes a la obtención de certificados como mediador y conciliador comunitario y la correspondiente inscripción se hará en la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos, adscrita al Ministerio de Gobierno.. TEMAS RELACIONADOS: MEDIACION, ARBITRAJE, CONCILIACION, MINISTERIO DE GOBIERNO
Fecha de norma: 21/12/2007
Gaceta: 25979 (16/02/2008)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
El presente Decreto Ejecutivo modifica el artículo 21 del Decreto Ejecutivo N° 777 de 21 de diciembre de 2007.