Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 7
Fecha de la norma: 14/02/2018
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE SU PROMULGACION
Gacetas: 28465-A (15/02/2018)
Título: QUE ADOPTA MEDIDAS PARA PREVENIR, PROHIBIR Y SANCIONAR ACTOS DISCRIMINATORIOS Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Comentario:

La presente Ley busca prohibir y establecer la responsabilidad por todo acto de violencia que atente contra la honra, dignidad, integridad física y psicológica de las personas. Para lograr este objetivo, el desarrollo de la política pública se enfocará en: 1) sensibilizar, prevenir y prohibir con miras a erradicar el hostigamiento, acoso sexual o moral, racismo y sexismo en el ámbito laboral, educativo, comunitario y en cualesquiera otros ámbitos; y 2) imponer responsabilidades y sanciones, garantizando con ello los derechos humanos, la dignidad, el respeto y el bienestar de toda mujer u hombre de cualquier.

Vigencias de la norma
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Archivos Fuentes
Archivos de la norma
Nombre de archivo Archivo
28465-A_51644.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
28465-A 15/02/2018 Ver
Temas en la norma
Materia
ACOSO SEXUAL
ASAMBLEA NACIONAL
DERECHOS HUMANOS
DESPIDO
HOSTIGAMIENTO
MUJERES
MULTAS
SEXISMO
VICTIMAS
VIOLENCIA
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
LEY 7
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
202 08/03/2021 29235 08/03/2021 MODIFICADO PARCIALMENTE POR Se modificó el artículo 12 de la presente Ley por la Ley N° 202 de 8 de marzo de 2021.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 08/03/2021

Gaceta: 29235 (08/03/2021)

Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR

Se modificó el artículo 12 de la presente Ley por la Ley N° 202 de 8 de marzo de 2021.

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