La presente Ley busca prohibir y establecer la responsabilidad por todo acto de violencia que atente contra la honra, dignidad, integridad física y psicológica de las personas. Para lograr este objetivo, el desarrollo de la política pública se enfocará en: 1) sensibilizar, prevenir y prohibir con miras a erradicar el hostigamiento, acoso sexual o moral, racismo y sexismo en el ámbito laboral, educativo, comunitario y en cualesquiera otros ámbitos; y 2) imponer responsabilidades y sanciones, garantizando con ello los derechos humanos, la dignidad, el respeto y el bienestar de toda mujer u hombre de cualquier.
Fecha de norma: 08/03/2021
Gaceta: 29235 (08/03/2021)
Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR
Se modificó el artículo 12 de la presente Ley por la Ley N° 202 de 8 de marzo de 2021.