Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 52
Fecha de la norma: 17/10/2018
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: 1 DE ENERO DE 2019
Gacetas: 28637-A (19/10/2018)
Título: QUE REGULA LA ACTIVIDAD DE CENTRO DE LLAMADAS PARA USO COMERCIAL (CALL CENTERS) Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Comentario:

Mediante la presente norma se regula la actividad de centro de llamadas para uso comercial, aplicable a las personas naturales y jurídicas que cuenten con una concesión para prestar servicio de centro de llamadas para uso comercial.. TEMAS RELACIONADOS: ASAMBLEA NACIONAL, CENTRO DE LLAMADAS, CALL CENTERS, CONCESION DE SERVICIOS

Vigencias de la norma
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Archivos Fuentes
Archivos de la norma
Nombre de archivo Archivo
28637-A_52405.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
28637-A 19/10/2018 Ver
Temas en la norma
Materia
ASAMBLEA NACIONAL
CALL CENTERS
CENTRO DE LLAMADAS
CONCESION DE SERVICIOS
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
LEY 52
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
32 05/04/2011 26757-B 05/04/2011 DEROGA PARCIALMENTE La presente Ley deroga el artículo 70 de la Ley N° 32 de 5 de abril de 2011.
54 25/10/2001 24423 02/11/2001 DEROGA PARCIALMENTE La presente Ley deroga el artículo 2 de la ley N° 54 de 25 de octubre de 2001.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 05/04/2011

Gaceta: 26757-B (05/04/2011)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

La presente Ley deroga el artículo 70 de la Ley N° 32 de 5 de abril de 2011.

Fecha de norma: 25/10/2001

Gaceta: 24423 (02/11/2001)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

La presente Ley deroga el artículo 2 de la ley N° 54 de 25 de octubre de 2001.

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