Mediante la presente norma se establecen los niveles de coordinación, responsabilidad y supervisión, que competen al Ministerio de Salud para la inversión pública necesaria para la operación, mantenimiento y funcionamiento de los acueductos rurales.. TEMAS RELACIONADOS: ACUEDUCTOS, MINISTERIO DE SALUD, ABASTECIMIENTO DE AGUA, JUNTAS ADMINISTRADORAS DE ACUEDUCTOS RURALES, ACUEDUCTOS RURALES
Fecha de norma: 18/04/1994
Gaceta: 22543 (25/05/1994)
Afectación: DEROGA
DEROGA el Decreto Ejecutivo 40 de 18 de abril de 1994.
Fecha de norma: 31/01/1994
Gaceta: 22472 (09/02/1994)
DEROGA la Resolución 28 de 31 de enero de 1994.