Mediante el presente Decreto se prórroga por un período de treinta días calendarios, la suspensión temporal de los efectos de los contratos de trabajo, de las empresas cuyas operaciones no hayan sido reactivadas.. TEMAS RELACIONADOS: CONTRATOS, MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL, SUSPENSION
Fecha de norma: 15/12/2020
Gaceta: 29176-A (15/12/2020)
Afectación: DEROGADO POR
Se derogo el presente Decreto por el Decreto Ejecutivo N° 229 de 15 de diciembre de 2020.