Por medio de la referida Ley, se creó el impuesto por la explotación de carreras de caballos, el cual sería el 2% del monto de las apuestas, y se otorgó el cobro de esta renta al Administrador General de Impuesto de Licores. Nota: Esta Ley se reproduce en el número 4586 de 4 de marzo de 1925. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, LEY, ADMINISTRADOR GENERAL DE IMPUESTO DE LICORES, CARRERAS , ASAMBLEA NACIONAL, CABALLOS.
Fecha de norma: 18/04/1925
Gaceta: 4633 (20/05/1925)
Afectación: REGLAMENTADO POR
La presente Ley fue reglamentada por el Decreto número 23 de 18 de abril de 1925.