Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 58
Fecha de la norma: 27/12/1938
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: PUBLIQUESE Y EJECUTESE
Gacetas: 7943 (12/01/1939)
Título: POR LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS REFERENTES A LOS FONDOS DE QUE TRATA EL ARTICULO 138 DE LA CONSTITUCION.
Comentario:

Por medio de la aludida Ley, se indica que no se permitirá que el Estado utilice fondos nacionales para la realización de operaciones de crédito con entidades extranjeras. Además se señala que será el Banco Nacional el que se encargará de los dineros del Estado y se indican disposiciones relativas a dicho manejo financiero. TEMAS RELACIONADOS: OPERACIONES, DEUDA EXTERNA, LEY, MANEJO DE FONDOS, BANCO NACIONAL DE PANAMA, CREDITOS, GOBIERNO NACIONAL, FONDOS, GARANTIA.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
7943 12/01/1939 Ver
Temas en la norma
Materia
BANCO NACIONAL DE PANAMA
CREDITOS
DEUDA EXTERNA
FONDOS
GARANTIA
GOBIERNO NACIONAL
LEY
MANEJO DE FONDOS
OPERACIONES
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
LEY 58
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
2 (C. FISCAL) 22/08/1916 2418 07/09/1916 DEROGA PARCIALMENTE Esta Ley derogó los Artículos 318 al 321 del Código Fiscal.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 22/08/1916

Gaceta: 2418 (07/09/1916)

Afectación: DEROGA PARCIALMENTE

Esta Ley derogó los Artículos 318 al 321 del Código Fiscal.

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