Por medio del referido Acto Legislativo, el cual carece de número, se establece que no se podrá realizar ningún tipo de contratos, acuerdos o decretos mediante los cuales se permita exonerar impuestos o contribuciones, salvo que la Ley que apruebe el contrato que otorgue la exoneración haya sido aprobado por no menos de dos tercios de los miembros de la Asamblea Nacional. El presente Acto Legislativo es reformatorio de la Constitución Nacional. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, EXONERACION DE IMPUESTOS, ACTO LEGISLATIVO, CONSTITUCION POLITICA, CONTRATO.
Fecha de norma: 15/02/1904
Gaceta: -
Afectación: REFORMA PARCIALMENTE
Por medio del presente Acto Legislativo se reforma parcialmente la Constitución Nacional de 1904.