La presente norma deroga el articulo 2 de la Ley 46 de 1952.
Fecha de norma: 10/12/1952
Gaceta: 11958 (22/12/1952)
Afectación: DEROGA PARCIALMENTE
DEROGA la sección relativa a la clasificación de salarios de los bibliotecarios, establecida en el artículo 2 de la Ley 46 de 10 de octubre de 1952.