La presenta norma, indica que la Caja de Ahorros, establecida por medio del Decreto N° 54 de 1934, con el objeto de facilitar el ahorro del país, continuará funcionando en un todo de acuerdo con las disposiciones de dicho Decreto y las modificaciones y adiciones del mismo contenidas en el presente. En ese sentido, se señalan disposiciones sobre las cantidades mínimas para realizar depósitos en dicha entidad, las garantías, la jurisdicción coactiva y los remates. . TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, SECRETARIA DE HACIENDA Y TESORO, BANCOS, CAJA DE AHORROS, DECRETO.
Fecha de norma: 23/11/1960
Gaceta: 14282 (05/12/1960)
Afectación: DEROGADO POR
Este Decreto fue derogado por la Ley número 87 de 23 de noviembre de 1960.