Por medio de la mencionada Resolución, se determinó, con arreglo a lo que preceptuaban el Artículo 606 del Código Administrativo y el Artículo 121 de la Constitución Política, la vigencia de la Ley número 31 de 28 de enero de 1937, sobre reformas arancelarias. En tal sentido, se señaló que la mencionada Ley entraría a regir tres meses después de su promulgación. TEMAS RELACIONADOS: CODIGO ADMINISTRATIVO, MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, SECRETARIA DE HACIENDA Y TESORO, ARANCELES, CONSTITUCION POLITICA, RESOLUCION.
Fecha de norma: 28/01/1937
Gaceta: 7474 (04/02/1937)
Afectación: ESTABLECE LA VIGENCIA
Esta Resolución estableció la vigencia de la Ley número 31 de 28 de enero de 1937.