Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 402
Fecha de la norma: 09/10/2023
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: A LOS DOS AÑOS DE SU PROMULGACION
Gacetas: 29887-A (11/10/2023)
Título: QUE ADOPTA EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
Comentario:

La presente norma subroga algunos artículos del Libro Primero , deroga el Libro Segundo sobre procedimiento civil. Este código comenzara a regir en todo el territorio nacional a los dos años de su promulgación. El capitulo II y VI del Titulo I del Libro Segundo y los artículos 409 y 410 comenzaran a regir al año de su promulgación. Los numerales1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24,25 del articulo 1 y los artículos 803, 804 ,805 y 806 de este Código regirán a partir de su promulgación.

Vigencias de la norma
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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
29887-A 11/10/2023 Ver
Temas en la norma
Materia
ASAMBLEA NACIONAL
CODIGO
CODIGO JUDICIAL
LEY
PROCEDIMIENTO CIVIL
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
LEY 402
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
467 24/04/2025 30265 25/04/2025 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La presente norma modifico el artículo 659 (Lanzamiento por intruso) del Código Procesal Civil.
LEY 402
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
29 25/10/1984 20199 06/12/1984 DEROGA Y SUBROGA PARCIALMENTE La presente norma subroga los artículos 92, 93, 159, 160, 174, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265 y 266 del Libro Primero del Código Judicial (Organización Judicial). Y deroga el Libro Segundo el Código Judicial. (Procedimiento Civil)
Referencias posteriores

Fecha de norma: 24/04/2025

Gaceta: 30265 (25/04/2025)

Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR

La presente norma modifico el artículo 659 (Lanzamiento por intruso) del Código Procesal Civil.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 25/10/1984

Gaceta: 20199 (06/12/1984)

Afectación: DEROGA Y SUBROGA PARCIALMENTE

La presente norma subroga los artículos 92, 93, 159, 160, 174, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224, 225, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265 y 266 del Libro Primero del Código Judicial (Organización Judicial). Y deroga el Libro Segundo el Código Judicial. (Procedimiento Civil)

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