A través del anotado Decreto se subrogó el Artículo 33 del Decreto número 41 de 1935 en el sentido de indicar que mientras durara la emergencia provocada por la guerra se supenderían los efectos de todo el Decreto número 114 de 1938, y en consecuencia no se aplicarían sus disposiciones penales al hacerse efectivos los derechos de introducción sobre mercaderías procedentes de países en guerra contra las Naciones del Eje y sus aliados. TEMAS RELACIONADOS: CONSULADO, DERECHO DE IMPORTACION, DERECHOS CONSULARES, MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, ARANCELES, DECRETO, DOCUMENTOS DE EMBARQUE, CONSUL, MERCANCIA IMPORTADA.
Fecha de norma: 25/03/1947
Gaceta: 10257 (28/03/1947)
Afectación: DEROGADO POR
Este Decreto fue derogado por el marcado con el número 55 de 25 de marzo de 1947.
Fecha de norma: 03/01/1942
Gaceta: 8707 (17/01/1942)
Afectación: DEROGA
Este Decreto derogó el Decreto número 143 de 3 de enero de 1942.
Fecha de norma: 15/11/1938
Gaceta: 7911 (23/11/1938)
Este Decreto derogó el Decreto número 114 de 15 de noviembre de 1938.
Fecha de norma: 28/02/1935
Gaceta: 7008 (06/03/1935)
Afectación: SUBROGA PARCIALMENTE
Este Decreto subrogó el Artículo 33 del Decreto número 41 de 28 de febrero de 1935.