La presente Ley reformó algunas disposiciones de la Ley número 77 de 20 de junio de 1941, referentes al Banco Nacional, la Caja de Ahorros y el Banco Agro-pecuario e Industrial. TEMAS RELACIONADOS: LEY, BANCO NACIONAL DE PANAMA, ASAMBLEA NACIONAL, BANCOS, CAJA DE AHORROS, BANCO AGROPECUARIO E INDUSTRIAL.
Fecha de norma: 23/11/1960
Gaceta: 14282 (05/12/1960)
Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR
El Artículo 5 de esta Ley fue derogado por la Ley número 87 de 23 de noviembre de 1960.
Fecha de norma: 07/02/1956
Gaceta: 12953 (11/05/1956)
Afectación: DEROGADO O SUBROGADO PARCIALMENTE POR
Las disposiciones de esta Ley que fueran contrarias a la Ley número 11 de 7 de febrero de 1956, fueron derogadas o subrogadas, según el caso.
Fecha de norma: 16/11/1954
Gaceta: 12625 (28/03/1955)
Afectación: SUBROGADO PARCIALMENTE POR
El Artículo 4 de esta Ley fue subrogado por la Ley número 38 de 16 de noviembre de 1954.
Fecha de norma: 30/01/1953
Gaceta: 12012 (27/02/1953)
Los Artículos 6, 7, 8, 9 y 10 de la presente Ley fueron derogados por la Ley número 3 de 30 de enero de 1953.
Gaceta: 12006 (20/02/1953)
Fecha de norma: 20/06/1941
Gaceta: 8551 (08/07/1941)
Afectación: REFORMA PARCIALMENTE
Esta Ley reformó los Artículos 6 y 16, el ordinal a) del Artículo 32, y los Artículos 35, 86, 127, 128 y 148 de la Ley número 77 de 20 de junio de 1941.