Por medio de la menciondada Ordenanza, se señala qué se entenderá como juegos que no son de suerte y azar y las respectivas reglamentaciones para practicar los mismos dentro de la Provincia de Panamá. Además, se indican las sanciones que serán aplicadas a aquellos que no cumplan con la presente norma. TEMAS RELACIONADOS: PROVINCIA DE PANAMA, JUEGOS DE APUESTA, ORDENANZA, JUEGOS, AYUNTAMIENTO PROVINCIAL DE PANAMA.
Fecha de norma: 01/04/1941
Gaceta: 8486 (07/04/1941)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
Por medio de la presente norma se reglamentan los juegos de que tratan los Capítulos II y III de la Ley 29 de 1941.