A través del anotado cuerpo legal se establecieron disposiciones sobre el Archivero Bibliotecario de la Asamblea Nacional, sus funciones y el sueldo mensual que debía devengar. TEMAS RELACIONADOS: BIBLIOTECAS, ARCHIVO, LEY, ASAMBLEA NACIONAL.
Fecha de norma: 25/09/1908
Gaceta: 693 (30/09/1908)
Afectación: REFORMA
Esta Ley reformó la Ley número 1 de 25 de septiembre de 1908.