Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 8
Fecha de la norma: 07/12/1948
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: PUBLIQUESE Y EJECUTESE
Gacetas: 10773 (16/12/1948)
Título: POR EL CUAL SE REFORMA EL ARTICULO 103 DE LA LEY 47 DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 1946, ORGANICA DE EDUCACION.
Comentario:

Esta norma, dispone que los alumnos que se gradúen con los tres primeros puestos en algunos de los colegios del país, tendrán derecho a una beca para estudiar en la universidad nacional. Los colegios a los que se les otorga la beca, están detallados en la norma. TEMAS RELACIONADOS: UNIVERSIDAD, BECAS, EDUCACION, LEY, ALUMNOS, ASAMBLEA NACIONAL.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
10773 16/12/1948 Ver
Temas en la norma
Materia
ALUMNOS
ASAMBLEA NACIONAL
BECAS
EDUCACION
LEY
UNIVERSIDAD
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
LEY 8
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
47 24/09/1946 10113 02/10/1946 REFORMA PARCIALMENTE Esta Ley reforma el artículo 103, de la Ley 47 de 24 de septiembre de 1946.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 24/09/1946

Gaceta: 10113 (02/10/1946)

Afectación: REFORMA PARCIALMENTE

Esta Ley reforma el artículo 103, de la Ley 47 de 24 de septiembre de 1946.

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