A través de la presente Ley se modificaron disposiciones de la Ley número 55 de 27 de mayo de 1941, en lo referente a la competencia atribuída al Ministerio de Relaciones Exteriores para expedir pasaportes diplomáticos y especiales u oficiales, y la relación pormenorizada de todos los funcionarios del Gobierno que tenían derecho a pasaportes especiales u oficiales. Nota: Esta Ley se reproduce en esta Gaceta por haberse publicado con errores en el número 11,084 de la Gaceta Oficial de 3 de enero de 1950. TEMAS RELACIONADOS: PASAPORTE, PASAPORTE DIPLOMATICO, DIPLOMATICOS, LEY, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, AGENTE DIPLOMATICO, CUERPO DIPLOMATICO, SERVICIO DIPLOMATICO, FUNCIONARIO DIPLOMATICO, PASAPORTES ESPECIALES.
Fecha de norma: 25/09/1958
Gaceta: 13664 (13/10/1958)
Afectación: DEROGADO POR
Esta Ley fue derogada por el Decreto Ley número 29 de 25 de septiembre de 1958.
Fecha de norma: 27/05/1941
Gaceta: 8529 (06/06/1941)
Afectación: REFORMA PARCIALMENTE
Esta Ley reformó los Artículos 40 y 46 de la Ley número 55 de 27 de mayo de 1941.