Mediante la citada Norma, se autoriza al Órgano Ejecutivo para que, por conducto del Ministerio de Hacienda y Tesoro, ceda a título gratuito, a la Zona Libre de Colón, la plena propiedad de las áreas cedidas en usufructo a dicha entidad, indicándose los límites de la superficie territorial que comprenderá las precitadas áreas. TEMAS RELACIONADOS: ZONA LIBRE DE COLON, ORGANO EJECUTIVO, LEY, TERRENOS, CESION.
Fecha de norma: 28/10/2012
Gaceta: 27152 (29/10/2012)
Afectación: RESTABLECIDA LA VIGENCIA PARCIALMENTE POR
La vigencia del artículo 3 de esta ley fue restablecida por la ley 73 de 28 de octubre de 2012.
Fecha de norma: 19/10/2012
Gaceta: 27146-A (19/10/2012)
Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR
El artículo 3 de esta ley fue derogado por la ley 72 de 19 de octubre de 2012.