Mediante la referida Ley, se crea el impuesto de timbre denominado "Soldado de la Independencia", el cual beneficiará a los Próceres de la República; se regula el uso de dicho timbre; se establece el monto de las pensiones de los mencionados próceres y se señalan sanciones al incumplimiento de esta norma. . TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, PENSION, LEY, PROCER, TIMBRES, IMPUESTO DE TIMBRES, SOLDADOS DE LA INDEPENDENCIA.
Fecha de norma: 16/06/1987
Gaceta: 20827 (22/06/1987)
Afectación: DEROGADO POR
La presente Norma, fue derogada en su totalidad por la Ley No. 6 de 16 de junio de 1987.
Fecha de norma: 13/02/1952
Gaceta: 11712 (19/02/1952)
Afectación: REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR
El Artículo 3 de la comentada Ley es reglamentado por el Decreto No. 1013 de 13 de Febrero de 1952.
Fecha de norma: 06/06/1941
Gaceta: 8534 (13/06/1941)
Afectación: REFORMA
La mencionada Norma reforma la Ley No. 61 de 6 de Junio de 1941.