Datos generales
Norma: DECRETO LEY
Número de norma: 41
Fecha de la norma: 09/09/1953
Autoridad: COMISION LEGISLATIVA PERMANENTE
Vigencia: DESDE SU SANCION
Gacetas: 12190 (30/09/1953)
Título: POR EL CUAL SE ADICIONA EL ARTICULO 47 DEL DECRETO-LEY N.° 18 DE 17 DE JUNIO DE 1948 QUE CREO LA ZONA LIBRE DE COLON COMO ENTIDAD AUTONOMA DEL ESTADO.
Comentario:

A través de este Decreto Ley, se adicionó el Artículo 47 del Decreto Ley número 18 de 17 de junio de 1948, que estableció que ninguna persona o entidad establecida o que se estableciera dentro de las áreas de comercio internacional libre, podría realizar operaciones dentro de la República de Panamá y fuera de dichas áreas, sino sometiéndose a las leyes y reglamentos que regulan el ejercicio del comercio o de la industria en la República. TEMAS RELACIONADOS: ZONA LIBRE DE COLON, ZONAS LIBRES, DECRETO LEY, EJERCICIO DEL COMERCIO, COMISION LEGISLATIVA PERMANENTE.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
12190 30/09/1953 Ver
Temas en la norma
Materia
COMISION LEGISLATIVA PERMANENTE
DECRETO LEY
EJERCICIO DEL COMERCIO
ZONA LIBRE DE COLON
ZONAS LIBRES
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO LEY 41
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
18 17/06/1948 10633 28/06/1948 ADICIONA PARCIALMENTE El presente Decreto Ley adicionó el Artículo 47 del Decreto Ley número 18 de 17 de junio de 1948.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 17/06/1948

Gaceta: 10633 (28/06/1948)

Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE

El presente Decreto Ley adicionó el Artículo 47 del Decreto Ley número 18 de 17 de junio de 1948.

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