DATOS GENERALES
Gaceta N°: 13772
Fecha de la Gaceta: 28/02/1959
Norma: LEY
Número de Norma: 15
Fecha de la Norma: 26/01/1959
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: DESDE SU SANCION
NORMA
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GACETA
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5.8 MB
Título: POR LA CUAL SE REGULA EL EJERCICIO DE LA PROFESIONES DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA.
Comentario:

Esta Ley reglamentó el ejercicio de las profesiones de ingeniería y arquitectura. Entre otras disposiciones, se señalan los requisitos para la obtención del certificado de idoneidad para el ejercicio de estas profesiones, las atribuciones de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura creada por virtud de la presente Ley, las normas para el ejercicio de las actividades de ingeniería y arquitectura, y los requisitos que deben reunir las empresas que ejecuten obras de ingeniería o arquitectura o se dediquen a estas actividades. Esta Ley modifica, subroga y deroga todas las disposiciones legales y reglamentarias que le sean contrarias. TEMAS RELACIONADOS: INGENIERIA, LEY, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, PROFESIONES, ASAMBLEA NACIONAL, CERTIFICADO DE IDONEIDAD, JUNTA TECNICA DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA, EJERCICIO DE PROFESIONES, ARQUITECTOS, INGENIERO, ARQUITECTURA.

TEMAS EN LA NORMA
.
ARQUITECTOS
ARQUITECTURA
ASAMBLEA NACIONAL
CERTIFICADO DE IDONEIDAD
EJERCICIO DE PROFESIONES
INGENIERIA
INGENIERO
JUNTA TECNICA DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA
LEY
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
PROFESIONES
JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
Fecha del Fallo Título del Fallo Decisión del Fallo
20/05/2021 ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PRESENTADA POR EL LICENCIADO MARTIN JESUS MOLINA, EN REPRESENTACION DE EDWIN CEPEDA RUIZ, PARA QUE SE DECLARE INCONSTITUCIONAL EL ORDINAL B DEL ARTICULO 24 DE LA LEY 25 DE 26 DE ENERO DE 1959, QUE REGULA EL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA. DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el ordinal B del artículo 24 de la Ley 15 de 26 de enero de 1959.
02/02/1961 "Demanda de inconstitucionalidad del artículo N° 21 de la Ley 15 de 26 de enero de 1959, presentada por Gregorio Abrego en representación de la Sociedad Panamaña de Maestros de Obra." (sic) DECLARA QUE ES INCONSTITUCIONAL el artículo 21 de la Ley 15 de 26 de enero de 1959.
REFERENCIAS
LEY 15
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma No. de Norma Fecha de Norma No. de Gaceta Fecha de Gaceta Afectacion Comentario
005 20/01/2016 27955 25/01/2016 ACLARADO POR Se aclara que el registro de empresas al que se refiere el artículo 24 de la Ley 15 de 1959, debe interpretarse como empresa de persona jurídica.
21 20/06/2007 25819 22/06/2007 MODIFICADO PARCIALMENTE POR El Artículo 5 de esta Ley fue modificado por la Ley número 21 de 20 de junio de 2007.
150 14/11/1978 18711 27/11/1978 REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR El artículo 9 de esta ley fue reglamentado por la resolución 150 de 14 de noviembre de 1978.
257 03/09/1965 15499 19/11/1965 REGLAMENTADO POR Este Ley fue reglamentada por el Decreto número 257 de 3 de septiembre de 1965.
23 24/02/1965 15356 27/04/1965 REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR El Artículo 24 de esta Ley fue reglamentado por la Resolución número 23 de 24 de febrero de 1965.
24 24/02/1965 17264 17/01/1973 REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR El Artículo 24 de la presente Ley fue reglamentada por la Resolución número 24 de 24 de febrero de 1965.
53 04/02/1963 14811 06/02/1963 REFORMADO Y ADICIONADO PARCIALMENTE POR Esta Ley fue reformada en el título del Capítulo I, en los Artículos 1, 4, 6, 9 y 11, en el acápite c) del Artículo 12, y en los Artículos 19 y 21; y adicionada con los Artículos 5-A, 5-B y 9-A, y con el acápite k) del Artículo 12, por la Ley número 53 de 4 de febrero de 1963.