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En virtud de la disposición legal en referencia, el Ministerio de Educación adopta el Estatuto por el cual se regirán las Asociaciones de Padres de Familia de los Colegios Secundarios Oficiales de todo el país. Dividido en ocho capítulos, en él se contemplan aspectos como: domicilio y finalidad de estas Asociaciones; sus miembros; gobierno y administración; todo lo relacionado a la Junta Directiva; fondos y actividades económicas, entre otros.
Con esta norma, quedan sin efecto todos los reglamentos y estatutos que traten sobre esta materia, así como todas las disposiciones contrarias al presente Estatuto. En cuanto a su vigencia, es importante señalar que la presente surte efectos desde el momento de su aprobación en el Congreso Nacional de Padres de Familia. TEMAS RELACIONADOS: EDUCACION, MINISTERIO DE EDUCACION, ESTATUTOS, COLEGIOS, ASOCIACION, DECRETO, EDUCACION SECUNDARIA. |