| Título: | QUE OTORGA AL REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ ATRIBUCIONES DE AUTORIDAD REGISTRADORA Y CERTIFICADORA RAÍZ DE FIRMA ELECTRÓNICA PARA LA REPÚBLICA DE PANAMÁ, MODIFICA LA LEY 51 DE 2008 Y ADOPTA OTRAS DISPOSICIONES. |
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| Comentario: | Por medio de esta ley, se otorga al Registro Público de Panamá atribuciones de autoridad registradora y certificadora raíz de firma electrónica para la República de Panamá. Los artículos 48, 49 y 50 entrarán a regir a los dos años de la entrada en vigencia de esta ley.. TEMAS RELACIONADOS: INFORMATICA, CORREO ELECTRONICO, FIRMA DIGITALIZADA, MENSAJE DE DATOS, SELLADO DE TIEMPO, NEUTRALIDAD TECNOLOGICA, DIRECCION NACIONAL DE FIRMA ELECTRONICA, CERTIFICADO ELECTRONICO CALIFICADO, FIRMA ELECTRONICA CALIFICADA, DOCUMENTO ELECTRONICO, EXPEDIENTE ELECTRONICO, FIRMA ELECTRONICA, CERTIFICADO ELECTRONICO |