Por medio del indicado Decreto se permitió, hasta tanto se proveyera el establecimiento de la Oficina de Colocaciones con carácter oficial, el funcionamiento de agencias particulares de colocaciones, mediante el cumplimiento de determinados requisitos y condiciones que se enuncian en dicha norma. TEMAS RELACIONADOS: EMPLEO, CODIGO DE TRABAJO, DECRETO, TRABAJO, MINISTERIO DE TRABAJO, PREVISION SOCIAL Y SALUD PUBLICA, AGENCIAS DE COLOCACIONES, AGENCIAS DE EMPLEOS, BOLSAS DE TRABAJO.
Fecha de norma: 26/12/1960
Gaceta: 14308 (12/01/1961)
Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR
El Artículo 1 del señalado Decreto, fue derogado por la Ley número 101 de 26 de diciembre de 1960.
Fecha de norma: 11/11/1947
Gaceta: 10459 (26/11/1947)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
Este Decreto reglamenta el Artículo 593 del Código de Trabajo, adoptado mediante Ley número 67 de 11 de noviembre de 1947.