Mediante el Decreto Ley en mención, fue desarrollado el Artículo 229 de la Constitución Política de 1946, que se refería al fomento de cooperativas de producción y consumo. En tal sentido, se hizo alusión a las condiciones que debían reunir las sociedades cooperativas, su clasificación y reglas de funcionamiento, su constitución y autorización, sus asociados y capital social, su funcionamiento y administración, y su disolución y liquidación. TEMAS RELACIONADOS: COMISION LEGISLATIVA PERMANENTE, DECRETO LEY, COOPERATIVAS.
Fecha de norma: 21/09/1962
Gaceta: 14726 (28/09/1962)
Afectación: SUBROGADO POR
Las disposiciones contenidas en el señalado Decreto Ley fueron subrogadas en su totalidad por el Código Agrario.
Fecha de norma: 07/12/1955
Gaceta: 13532 (07/05/1958)
Afectación: REGLAMENTADO PARCIALMENTE POR
Esta norma es reglamentada en su artículo 91, por el Decreto 780 de 7 de diciembre de 1955.
Fecha de norma: 04/03/1946
Gaceta: 9938 (04/03/1946)
Afectación: DESARROLLA PARCIALMENTE
Este Decreto Ley desarrolla el Artículo 229 de la Constitución Política de 1946.