Fecha de norma: 24/10/1956
Gaceta: 13091 (30/10/1956)
Afectación: REFORMADO, ADICIONADO Y DEROGADO PARCIALMENTE POR
Se REFORMAN los artículos 102, 104, 105, 109, 110, 111 y 116; el numeral 21 del artículo 118; el ordinal 6 del artículo 120; y los artículos 122, 123, 165, 167, 177 y 180 mediante el Acto Legislativo 2 de 24 de octubre de 1956. Se ADICIONA el numeral 27 al artículo 118, así como tres artículos sin número (correspondientes a los artículos 254, 255 y 256 de la edición oficial autorizada por el Órgano Ejecutivo) bajo el título de “Disposiciones Transitorias”. Se DEROGAN el ordinal 1 del artículo 120; el Título XIV (que comprendía los artículos 252, 253, 254 y 255); y los artículos 258, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270 y 271, por haber surtido sus efectos, mediante el referido Acto Legislativo 2 de 1956.