La presente Ley establece el Derecho de Registro e indica las diferentes tarifas que se tendra que pagar según la documentación que se desee registrar. Esta Ley deroga los artículos 44 a 52 de la Ley 88 de 1904 y los artículos numeros 131 a 134 del Decreto Ejecutivo número 154 de 1913 asi como las demas disposiciones contrarias a la presente Ley. TEMAS RELACIONADOS: LEY, ASAMBLEA NACIONAL, CONTRATO, REGISTRO, REGISTRO PUBLICO, ESCRITURAS PUBLICAS.
Fecha de norma: 12/12/1913
Gaceta: 2010 (23/12/1913)
Afectación: DEROGA PARCIALMENTE
Esta Ley derogó los Artículos 131 al 134 del Decreto número 154 de 12 de diciembre de 1913.
Fecha de norma: 05/07/1904
Gaceta: 35 (12/07/1904)
La Ley 28 de 1914, deroga los artículos 44 a 52 de la Ley 88 de 1904.