Esta Ley eximió del pago de cuotas a la Caja de Seguro Social, a todas las sumas de dinero que como aguinaldo o gratificación de Navidad fueran otorgadas a los empleados o trabajadores por sus patronos, fueran éstos particulares o entidades autónomas del Estado, siempre que estas sumas no excedieran al equivalente del mes de sueldo que devengara el trabajador. TEMAS RELACIONADOS: LEY, BANCOS, CAJA DE SEGURO SOCIAL, EMPLEADOS, SEGURO SOCIAL, CUOTAS, TRABAJADORES, EXENCION.
Fecha de norma: 27/12/2005
Gaceta: 25453 (28/12/2005)
Afectación: SUBROGADO POR
La Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, subroga la Ley 7 de 26 de enero de 1959.
Fecha de norma: 30/06/2005
Gaceta: 25335 (05/07/2005)
Afectación: RESTABLECIDA SU VIGENCIA TEMPORALMENTE POR
La Ley No.23 de 30 de junio de 2005, restablece la vigencia de la Ley No.7 de 26 de enero de 1959, por noventa días.
Fecha de norma: 01/06/2005
Gaceta: 25312 (02/06/2005)
La Ley No. 17 de 1 de junio de 2005 subroga esta Ley.