16/01/1967
"En mérito de las anteriores consideraciones, la Corte Suprema, Pleno, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA que es inconstitucional la frase de la primera parte del Artículo 84-L del Dcreto Ley N° 9 de 1962, que adicionó el Decreto Ley N° 14 de 1954, que dice así: "únicamente a quienes soliciten la pensión"; y a consecuencia de la declaración anterior, la primera parte del mencionado Artículo 84-L quedará así: "Las disposiciones del presente Decreto Ley sobre cuantía de las pensiones, se aplicarán a partir de la vigencia del presente Decreto-Ley".