Datos generales
Norma: ACTO LEGISLATIVO
Número de norma: 1
Fecha de la norma: 07/12/1962
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Gacetas: 14779 (18/12/1962)
Título: POR EL CUAL SE REFORMA EL ARTICULO 152 DE LA CONSTITUCION NACIONAL.
Comentario:

El presente Acto Legislativo reformó el Artículo 152 de la constitución Política, que establece que el ciudadano que reemplazara al Presidente de la República en sus faltas absolutas, tendría el mismo título, la misma categoría y ejercería las mismas atribuciones de éste. Por su parte, el que lo reemplazara en sus faltas temporales, soló ejercería las mismas atribuciones. TEMAS RELACIONADOS: PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, ACTO LEGISLATIVO, ASAMBLEA NACIONAL, CONSTITUCION POLITICA, FALTAS ABSOLUTAS, FALTAS TEMPORALES.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
14779 18/12/1962 Ver
Temas en la norma
Materia
ACTO LEGISLATIVO
ASAMBLEA NACIONAL
CONSTITUCION POLITICA
FALTAS ABSOLUTAS
FALTAS TEMPORALES
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
ACTO LEGISLATIVO 1
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
xxxx 04/03/1946 9938 04/03/1946 REFORMA PARCIALMENTE El presente Acto Legislativo reformó el Artículo 152 de la Constitución Política de 1946.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 04/03/1946

Gaceta: 9938 (04/03/1946)

Afectación: REFORMA PARCIALMENTE

El presente Acto Legislativo reformó el Artículo 152 de la Constitución Política de 1946.

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