Por medio del aludido Decreto, se dictan normas relativas a las licencias, con o sin sueldo, que por estudios se les concederán a los maestros y profesores, señalando la forma de solicitarlas y sus posibles duraciones, entre otras disposiciones afines. TEMAS RELACIONADOS: MAESTRO, EDUCACION, LICENCIA, LICENCIA SIN SUELDO, MINISTERIO DE EDUCACION, PROFESORES, DECRETO, EDUCADOR, DOCENTE, LICENCIA CON SUELDO.
Fecha de norma: 05/12/1957
Gaceta: 14192 (05/08/1960)
Afectación: ADICIONADO POR
Este Decreto ha sido adicionado por el Decreto N°507 de 5 de diciembre de 1957.
Fecha de norma: 24/09/1946
Gaceta: 10113 (02/10/1946)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
El Decreto No. 485 de 13 de noviembre de 1957, reglamenta el aparte C del Artículo 113, de la Ley 47 de 24 de septiembre de 1946.